Con la llegada de la pandemia, los diferentes organizamos se han visto en la obligación de acelerar el tema de las firmas digitales y electrónicas en el país.
Pese a las existentes normativas que avalan este tipo de firmas en el Perú, no habrían sido frecuentemente usadas hasta ahora.
Pero si hay algo que considerar es que las firmas digitales y la electrónica son diferentes en detalles sobresalientes, como por ejemplo el órgano que las valida.
Diferencia entre firmas electrónicas y firmas digitales
Las diferencias entre una firma y otra se vislumbran en las características que poseen y el órgano que las legaliza.
Por ejemplo, la firma electrónica, que es una de las más utilizadas actualmente, puede obtener un valor aún más contundente en el área de certificaciones, cuando la avala Indecopi.
Por su parte, la firma digital, pese a que consta de un procedimiento similar al anterior, no es completamente legal, ya que no se encuentra enmarcada en la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE) del Perú.
En tanto, lo que se trata de indicar es que la firma digital cuenta con un valor legal más contundente que la firma electrónica.
¿Qué valor tiene la firma digital en Perú?
Las firmas digitales tienen el mismo valor que una firma manuscrita siempre y cuando estén respaldadas por la IOFE del Perú, cuya procedencia se encuentra en el Indecopi.
En ese sentido, es importante conocer que todos los organismos acreditados por la entidad protectora del usuario, gozan de un aval legal para autenticar cualquier documento.
¿Cuál es la finalidad de las firmas digitales?
Básicamente se trata de minimizar procesos y, por la pandemia, de obtener el menor contacto posible para evitar el contagio de la enfermedad.
Es por ello que desde marzo de 2020 se vienen implementando una cantidad de softwares que permiten aligerar el tránsito de autenticación de documentos.
Si deseas conocer sobre los procesos digitales, chequea nuestro curso aquí.