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Aprobado: Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual

Mediante el Decreto Supremo 014-2019- MIMP se aprobó y publicó la mañana de este martes 22 de julio, la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, en la búsqueda de realizar una oportuna investigación, detección y actuación del acoso sexual dentro del ámbito laboral peruano.

La iniciativa la vienen trabajando de manera mancomunada, desde el Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), dado el incremento de denuncias que se han venido procurando en el territorio peruano sobre el delito de acoso laboral, el cual ya es condenado cuando se realiza en sitios públicos.

Como ya hemos mencionado, la aprobación de esta ley es considerado un paso positivo desde el Ministerio de la Mujer, ya que la población más vulnerable en la nación son las mujeres, por lo que ahora, no solo se brindan medidas de protección en los espacios públicos, sino también dentro de los  espacios laborables.

¿Cuál es el alcance de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual?

Si bien el objetivo concreto del manejo de esta ley es para hombres y mujeres, la población que se encuentra más afectada es la del grupo femenino, que a menudo suelen ser víctimas de acoso sexual dentro de su propio centro laboral, perdiendo así oportunidades de oro.

En este sentido, la normativa establece que se aplicará a todas las organizaciones peruanas, tanto entidades del Estado como empresas pertenecientes al sector privado, con miras a establecer mecanismos de protección y detección del acoso sexual en las víctimas de ello.

Es por ello, que dentro de los parámetros establecidos, se encuentra que en el mismo centro de trabajo, se deben brindar capacitaciones al personal de manera constante, así como también la sensibilización en cuanto al tema, como parte de las obligaciones que deben ejercerse.

En este sentido, la empresa debe cumplir con una serie de indicaciones que le benefician especialmente a la víctima, esta última debe haber notifica algún caso de hostigamiento sexual dentro de su centro de trabajo, para que la normativa pueda activarse. En este caso, los pasos con los que debe seguir el patrono son:

  1. Acudir al Ministerio del Trabajo y presentar la información con todos los datos que conozca, de no ser así, podría ser sancionado con hasta 56 mil 700 soles; ÚNICAMENTE por no presentar la información correspondiente.
  2. En el caso de que no asista al llamado de la víctima y realice algún tipo de acto, considerado como una infracción grave, podría ser sancionado con 94 mil quinientos soles.
  3. Y, por último, si es que los respectivos jefes conocen de la situación de hostigamiento, pero no hacen absolutamente nada, entonces podría ser sancionado con 189 mil soles.

Toda esta serie de acciones, investigaciones y protecciones, serán implementadas también en centros educativos, que van acorde a una política de prevención y seguridad en el trabajo, empezando desde el sector de primaria para las respectivas denuncias, a través de un comité de intermediarios que será supervisado por Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.

Lo que no se conoce con precisión son las fases por las que debe atravesar el proceso de hostigamiento sexual, ya que sería una competencia de otro organismo del Estado a nivel penal. No obstante, la población que el desarrollo de las investigaciones sea rápido y certero.

Contexto y objetivos

La Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual se desarrolla en un ambiente en el que el Estado busca de forma inminente eliminar la violencia y los elementos que la propician, recordando que una vez más, Perú se consolida como uno de los países latinoamericanos en los que resulta inseguro que la mujer se desarrolle de manera libre, desde un punto de vista laboral y personal.

De acuerdo, a los últimos informes, solo en este año se han realizado en Lima 469 denuncias por acoso en espacios públicos, que de acuerdo a la normativa del Estado, es motivo de cárcel hasta por ocho años.

De igual manera, se ha ampliado la normativa hasta los centros laborales, principalmente para que puedan prevenirse actuaciones de acoso sexual que, en diferentes oportunidades, han culminado de forma trágica.

Se espera también que la población femenina se encuentre mayor empoderada y haga valer sus derechos, por lo que se han habilitado canales de comunicación adicionales para lograr efectividad al momento de denunciar.

Es importante recordar, que toda persona que sufre de acoso sexual en su centro de trabajo, está en su derecho de notificar a su jefe inmediato y pedir el despido inmediato de estas impúdicas personas, o de accionar de alguna manera.

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