Y resultó que después de algún tiempo decides que ya estás listo para licitar con el Estado y debes comenzar con armar el expediente de contratación para que sea evaluado por la entidad y que, posteriormente, te podrían aprobar la oferta.
Pero, antes de aprobar cualquier oferta es necesario que tomes en consideración algunos documentos que son de gran importancia dentro del Sistema de Contrataciones del Estado, porque si hay algo que la administración pública considera al momento de realizar cualquier aprobación es que todo se esté llevando a cabo al margen de la ley. Por ello, hemos diseñado un artículo para explicarte en detalle cuáles son los documentos que deben estar en el interior del expediente que todavía debes entregar al Organismo Supervisor de las Contrataciones.
Si bien es cierto, finalizando el 2018 se aprobó un nuevo reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado que entra en vigencia finalizando el mes de enero de 2019. No obstante es necesario que los proveedores que vayan a la oferta pública estén seguros de llevar toda la documentación requerida.
Expediente de contratación
De acuerdo a lo expuesto por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (Osce), el expediente de contrataciones es aquel que aglomera un conjunto de documentos que son de mayor relevancia en el ámbito de la administración pública, para lograr la aprobación y hacer la contratación con el Estado.
*El requerimiento: Toda contratación del Estado se inicia con la orden de requerimiento proveniente del Área Usuaria (AU). Sin requerimiento no hay contratación, por ello es tan importante que esta deba estar dentro del expediente de contratación.
*También se debe anexar el documento que aprueba el proceso de estandarización, siempre y cuando corresponda. Esto lo hará saber el titular de la entidad o un delegado que asuma la tarea de la aprobación del expediente.
*En caso de que se trate de realizar la negociación por un software, entonces se requerirá para el expediente un informe técnico de evaluación de software, el cual debe estar sustentado y avalado técnicamente.
*El estudio de mercado. De esto se encarga la entidad, porque a través de este se podrían evaluar los costos estimados y la valorización de la ejecución de la contratación en líneas generales.
*Resumen Ejecutivo, de acuerdo a cuando corrresponda.
*Valor estimado o valor referencial. En el punto anterior, en estudio de mercado, también debe anclarse al expediente el valor estimado o valor referencial de la contratación. De esta manera se puede visualizar la oferta en otros proveedores.
*Revisión de CCP. Es una de las certificaciones que deben estar anexas al expediente. Es necesaria para fines administrativos.
*Solo si corresponde una contratación por paquete debe anclarse también al expediente de contratación.
*Determinación del proceso de selección.
*Fórmula de reajusta. Supongamos que ya todo lo anterior está expuesto y ahora corresponde realizar el reajuste. El expediente debe contener la fórmula para que esto tenga validez y pueda ser aprobado de presentarse el caso.
Digitalización de contrataciones
De acuerdo a las modificaciones de la ley de contrataciones, actualmente las ofertas de contratación con carácter público, expediente, concurso, subasta y todo el resto será realizado vía digital. Actualmente el Estado se encuentra en la búsqueda de la garantía de fijas todos los procesos productivos del sector público con absoluta transparencia en la gestión pública, con el propósito de evitar la corrupción .
Desde hace ya varios años muchos de los procesos se vienen ejecutando desde la perspectiva digital. Por ello fue creado el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado Seace, el cual estará alineado con los demás sistemas electrónicos como el Siga y el Siaf RP.
Si usted desea continuar actualizándose en torno al tema del Sistema de Contrataciones del Estado, puede hacer clic aquí y ver las próximas fechas de nuestras capacitaciones.