El Presupuesto Público es uno de los convenientes temas de los que se ocupa el Estado al momento de distribuir los recursos públicos de acuerdo a los planes de las entidades, sin embargo, no es un asunto de simplemente aceptar todo lo que se propone, sino de priorizar y equilibrar todo lo desarrollado por cada una de estas.
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Pero el presupuesto público cuenta con algunas fases o ciclos por los que debe pasar de una manera ineludible:
- Programación
- Formulación
- Aprobación
- Ejecución
- Evaluación
En este sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas señala lo siguiente con respecto a cada una de las fases:
Programación: La programación presupuestaria se inicia, normalmente, a fines del mes de mayo. Constituye un ejercicio de planeamiento y asignación en el que los diferentes pliegos presupuestarios estructuran su gasto siguiendo las pautas establecidas por la DNPP del MEF.
Dentro de los objetivos de esta se tiene que puede ejercerse conforme a la planificación y las prioridades definidas.
Formulación: Luego de estimar las necesidades de gasto, y contrastarlas con los recursos disponibles, las instituciones formulan la estructura de su presupuesto, seleccionan sus objetivos y metas, consignan los montos a gastar y los recursos con que financiarán dichos gastos.
Es exclusivamente cuando todos los planes se encuentran pre-aprobados.
Aprobación: Se inicia cuando el MEF envía el anteproyecto de ley para la aprobación del Consejo de Ministros. Éste es remitido después al Poder Legislativo por el Presidente de la República. En agosto de cada año, el Congreso recibe el anteproyecto de presupuesto para el siguiente año fiscal.
Ejecución: Es la etapa en la que se realizan los gastos en todas las entidades públicas, gobiernos regionales y locales. Para ello, las entidades hacen una programación del presupuesto total del año y la DNPP les autoriza, en forma trimestral, el calendario de compromisos, que es la autorización máxima que la entidad podrá gastar en ese período y que depende de la disponibilidad de recursos en la caja fiscal. Durante la ejecución, los pliegos pueden realizar modificaciones presupuestarias de diversos tipos, algunas de las cuales las autoriza el propio titular del pliego y otras que requieren decretos de urgencia del Ejecutivo. Cualquier incremento del presupuesto total requiere un crédito suplementario que debe ser aprobado por ley del Congreso.
Durante la etapa de la ejecución, los servidores públicos encargados de programar y planificar el presupuesto público y las actividades que se realizarán durante el período generado, podrán consignar sus actos con el área correspondiente y esperar la aprobación.
Evaluación: En teoría, se realiza durante los primeros meses del tercer año. En esta fase las entidades del sector público deben determinar, bajo su responsabilidad, los resultados de la gestión, en base al análisis y medición de los avance físicos y financieros así como de las variaciones observadas, señalando sus causas.