El 31 de diciembre el representante del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Carlos Oliva, en nombre de su entidad emitió el nuevo reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, que fue modificada en septiembre del pasado 2018 mediante Decreto Legislativo N° 1444, el cual se encuentra en la página del MEF y de El Peruano.
Dentro de los propósitos este nuevo reglamento se tiene que los principios de claridad, transparencia, ética, moral, pero sobre todo equidad, por lo que este año también se persigue como valor ineludible la integridad como criterio tanto en los proveedores como en la entidad, por lo que resulta obvio que se aprovecharán de una mejor manera todos los recursos del Estado.
“La norma tiene como propósito simplificar las contrataciones públicas, brindar mecanismos que permitan mejorar los procedimientos y promover contrataciones más eficientes. El reglamento desarrolla estrategias para disminuir el riesgo de direccionamiento, eliminar barreras de acceso, acortar los plazos de atención, eliminar la tramitología innecesaria, reducir el litigio en las contrataciones e implementar una supervisión y control de manera efectiva y eficiente”, explicó el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.
Contrataciones efectivas y eficaces
El decreto emitido, para que entre en vigencia desde el 30 de enero de este año, contempla un total de 10 títulos, 270 artículos, 22 disposiciones complementarias transitorias y dos anexos, dentro del que se explican legalmente de qué manera el Estado ha efectuado un cambio especial en el ámbito de las contrataciones, en la búsqueda.
Dentro de los cambios que se contemplan se encuentran algunos dentro de la homologación, reduciendo el tiempo de la contratación de 47 a 17 días, también se aumentará la competencia dentro del campo de proveedores, de modo que se pueda evitar, de igual forma, el riesgo a redireccionamiento.
Toda documentación comenzará a hacerse sin excepción a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace), el cual también estará alimentado por un expediente de contratación, cuaderno de obras digitales y herramientas virtuales como la georreferenciación.
Asimismo, todos los procesos serán canalizados de igual forma, lo que sirve de referencia para una mayor optimización del sistema, evitando de esta forma el colapso del mismo en algún punto de canalización.
Se incorporan nuevas modalidades, como por ejemplo el concurso oferta, esto también conforme a aumentar la participación de todos por igual, siempre y cuando se mantengan al margen de la ley.
Y otro de los puntos que ha llamado poderosamente la atención es la implementación de la figura del fideicomiso. De esta forma podrán trabajarse los adelantos de obras de mediana envergadura, con la finalidad de otorgar un mayor control dentro del campo de la administración pública.
Mejoras latentes
Desde el año pasado, con las modificaciones de principios de 2018, se comenzaron a vislumbrar mejoras en el aparato productivo de las contrataciones, iniciando principalmente por la aparición del principio de la integridad y el de evitar que los proveedores se aprovechen del presupuesto público; de igual forma también se empezó a brindar mayor conformidad al ciudadano midiendo el grado de conformidad en cuanto a las obras que son desarrolladas por el ente público.
Es decir, que cada vez, aparentemente el objetivo básico de las nuevas modificaciones de las contrataciones es eliminar la burocracia y alimentar la verdad, minorizando la corrupción, la cual se combate no solo por principios de moral y ética, sino por las grandes pérdidas económicas que genera a la economía peruana.
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Fuentes:
https://laley.pe/art/4015/tres-cambios-relevantes-en-la-actual-normativa-de-contrataciones-con-el-estado
https://gestion.pe/economia/mef-reglamento-ley-contrataciones-acorta-procedimientos-254362